MÚSICA EN VIVO PARA RESTAURANTES, BARES Y CAFETERIAS

Si tienes un restaurante, un bar o una cafetería en el municipio de Andratx, y no dispones de la licencia de actividad de "bar musical" (bar con licencia de música tipo III, según la Ordenanza de ruidos local), "cafés concierto y análogos", puedes solicitar la autorización puntual de una actividad no permanente (ANP) inocua, para ofrecer un espectáculo musical en vivo, siempre y cuando:

  1.   La capacidad no sea superior a 100 personas en el interior de edificios o más de 500 al aire libre.
  2.   La carga de fuego ponderada y corregida no sea superior o igual a 200 Mcal/m².
  3.   Tengan una duración no superior a siete días.
  4.   No se haga uso de material pirotécnico.

La presentación de la solicitud será con una antelación mínima de 15 días a la fecha prevista de realización. La presentación de la solicitud con una antelación inferior a 15 días puede ser motivo de denegación de la autorización.

Para actividades que superen el aforo, o no cumplan con los puntos esmentados, consulta la página de actividades no permanentes, para conocer el trámite necesario.

Las solicitudes se podrán presentar:

1. PRESENCIALMENTE, (sólo para aquellas personas no obligadas a relacionarse electrónicamente, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015) en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Andratx, obligatoriamente con cita previa (de lunes a viernes, de 8.30 a 13.30 h), con la siguiente documentación obligatoria:

CITA PREVIA

2. TELEMÁTICAMENTE, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx mediante certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve pin, en el siguiente enlace:

Con la siguiente documentación obligatoria:

  • Modelo Solicitud
  • Memoria descriptiva
  • Plano del local y detalle de la actividad, en el cual se señale dónde se dispondrán los artistas y el público asistente
  • Acreditación de instalación de limitador


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