Estadística

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de estos dados se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente a todos los efectos administrativos.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Competencias

  • Gestión y revisión del padrón municipal de habitantes, de conformidad con las peticiones realizadas:
    • A instancia de parte (Registro General de Entrada).
    • A instancias de INE (Instituto Nacional de Estadística) vía telemática.
  • Trabajos de actualización y rectificación del Censo electoral.
  • Envío al INE de las variaciones residenciales mensualmente.
  • Propuesta de cifras oficiales de población.
  • Organización y preparación de los distintos procesos electorales:
    • Elecciones municipales y autonómicas.
    • Elecciones a Cortes Generales.
    • Elecciones al Parlamento Europeo.

Serveis municipales

  • Altas en el Padrón Municipal de Habitantes:
    • Cambio de residencia por procedencia del extranjero u otro municipio.
    • Nacimientos.
  • Bajas en el Padrón Municipal de Habitantes:
    • Traslado al extranjero.
    • Por inclusión indebida (de oficio o a instancia de parte).
    • Defunción.
    • Comunicadas per el INE.
  • Modificaciones en el Padrón Municipal de Habitantes:
    • Cambio de domicilio.
    • Rectificación o introducción de datos personales.
    • Comunicadas por el INE.
  • Certificados:
    • Certificado de empadronamiento/residencia.
    • Certificado de convivencia.
    • Certificado de viaje.
    • Certificado de empadronamiento histórico:
      • Posteriores a la última revisión referida a 1 de mayo de 1996.
      • Anteriores a la fecha 1 de mayo de 1996.
    • Certificado de convivencia histórico:
      • Posteriores a la última revisión referida a 1 de mayo de 1996.
      • Anteriores a la fecha 1 de mayo de 1996.
    • Certificados del número de habitantes total, por núcleos de población o según las necesidades de estudio (Tasa sujeta a la información a facilitar).
    • Certificados con informe policial.

Ordenanzas fiscales del año en curso

Información adicional

Normativa aplicable a efectos del Padrón de Habitantes

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15-18).
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (Arts. 53-107).
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Organigrama i dades de contacte

Dirección: Avenida de la Cúria 1, 07150, Andratx, Islas Baleares.

Horario: De lunes a viernes - de 8:30 a 13:30 horas.

Organigrama:

Departamento de Estadística

Laura Monedero García - Concejala delegada de Estadística

Enlace:

enlazar  Andratx en cifras - IBESTAT


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