Catastro

Este departamento contituye una unidad gestora con dos vertientes de actuación: por un lado ejerce una función tributaria que gestiona el Padrón del impuesto sobre bienes, y por otra, en virtud de un convenio de colaboración firmado con la gerencia territorial del Catastro, presta un servicio al ciudadano que tramita los expedientes de nuevos inmuebles u otras alteraciones catastrales.

Los dos principales objetivos són: Aprovechar los recursos endógenos del ayuntamiento para fomentar la cooperación con la Dirección General del Catastro y evitar desplazamientos innecesarios a la ciudadano.

Competencias

Gestión catastral de urbana

Es el registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda, en este registro se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la ley de Catastro Inmobiliario, la inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.

La sección de Gestión Catastral se encarga de la tramitación de las alteraciones catastrales de orden físico, jurídico y económico de los bienes inmuebles de naturaleza urbana del Municipio.

Gestión Tributaria del IBI (Impuesto Bienes Inmuebles Urbana y Rústica)

Las funciones de la sección son, entre otras, la elaboración y el mantenimiento de los padrones fiscales del IBI urbana y rústica, además del control, la redacción y la actualización de la ordenanza fiscal del IBI.

Por otro lado, se encarga de llevar a cabo: las liquidaciones tributarias, la devolución de ingresos, la resolución de recursos y reclamaciones en materia tributaria y tramitación de las solicitudes de beneficios fiscales.

Servicios municipales

  • Beneficios fiscales: Exenciones o bonificaciones (por família numerosa, por vivienda de VPO, por instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o aprovechamiento fotovoltaico de energía solar, etc.).
  • Regularizaciones tributarias.
  • Recursos.

Servicios Catastrales

  • Servicios accesibles desde la sede del catastro (Acceso con autenticación: Certificado digital, DNIe, Cl@ve ).
    • Declaración de alteración catastral de los bienes inmuebles. Modelo 900D.
    • Cambio de titularidad Catastral o variación en la cuota de participación.
    • Altas de nueva construcción, ampliación o reforma.
    • Demolición o derribo.
    • Segregación, división, agregación o agrupación de parcelas.
    • Segregación, división, agregación o agrupación de locales.
    • Constitución del régimen de división horizontal sobre bienes inmuebles.
    • Cambio de Cultivo o aprovechamiento.
    • Cambio de uso o destino.
  • Solicitud de baja catastral.
  • Solicitud de trasteros y plazas de aparcamiento en pro indiviso.
  • Recursos, y registro de entrada.

Información adicional

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de Régim Jurídico del Sector Público.
  • Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ley general tributaria.
  • Ordenanzas fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Organigrama i datos de contacto

Dirección: Avenida de la Cúria 1, 07150, Andratx, Islas Baleares.

Enllaços

enlazar  Oficina Virtual de catastro

enlazar  Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx

enlazar  ATIB (Pagos de tributos)

enlazar  Dirección General del Catastro


Source URL: https://www.andratx.es/arees-municipals/catastro